
España: del absolutismo a la Guerra Civil
El levantamiento militar
El bando rebelde
La rebelión contra el gobierno legítimo de la República se inició en Marruecos el 17 de julio de 1936; el día 18 de julio se produce la sublevación de distintas capitanías generales de España, apoyadas por los conservadores, falangistas, carlistas y monárquicos, además del clero. El alzamiento rebelde se publicitó como una santa cruzada contra el comunismo ateo, como proclamaba el Cardenal primado Gomá ¿La guerra de España es una guerra civil? No; una lucha de los sin Dios [...] contra la verdadera España, contra la religión católica.
La rebelión de los “nacionales”, encabezada por el general Mola, triunfó en Galicia, Navarra, Castilla y León, buena parte de Cáceres, una franja entre Cádiz y Sevilla, buena parte de la provincia de Zaragoza y el Jiloca turolense, Baleares (excepto Menorca) y Canarias. Fijó su mando en Burgos, donde estableció un gobierno encabezado por Franco, que ejercía la autoridad política y militar.
El bando republicano
La España republicana sufrió no pocos problemas que se sumaban a la insurrección:
ESPAÑOLES: Las circunstancias extraordinarias y críticas por que atraviesa España entera; la anarquía que se ha apoderado de las ciudades y los campos, con riesgos evidentes de la Patria, amenazada por el enemigo exterior, hacen imprescindible el que no se pierda un solo momento y que el Ejército, si ha de ser salvaguardia de la Nación, tome a su cargo la dirección del país, para entregarlo más tarde, cuando la tranquilidad y el orden estén restablecidos, a los elementos civiles preparados para ello. En su virtud y hecho cargo del mando de esta División,
ORDENO Y MANDO:
Primero.- Queda declarado el estado de guerra en todo el territorio de esta División.
Segundo.- Queda prohibido terminantemente el derecho a la huelga. Serán juzgados en juicio sumarísimo y pasados por las armas, los directivos de los Sindicatos, cuyas organizaciones vayan a la huelga o no se reintegrasen al trabajo los que se encuentren en tal situación a la hora de entrar el día de mañana.
Tercero.- Todas las armas, largas o cortas serán entregadas en el plazo irreductible de cuatro horas en los puestos de la Guardia Civil más próximos. Pasado dicho plazo serán igualmente juzgados en juicio sumarísimo y pasados por las armas, todos los que se encuentren con ellas en su poder o en su domicilio.
Cuarto.- Serán juzgados en juicio sumarísimo y pasados por las armas los incendiarios, los que ejecuten atentados por cualquier medio a las vías de comunicación, vidas, propiedades, etc. y cuantos por cualquier medio perturben la vida del territorio de esta División.(...)
Sexto.- Se prohibe la circulación de toda clase de personas y carruajes que no sean de servicio, desde las nueve de la noche en adelante.
Espero del patriotismo de todos los españoles, que no tendré que tomar ninguna de las medidas indicadas en bien de la Patria y de la República.
Sevilla, a 18 de julio de 1936 El general de la División : GONZALO QUEIPO DE LLANO