Ciencias Sociales
4º - Ciencias Sociales
La Segunda República

La Constitución de 1931

La II República

El 12 de abril de 1931 se celebraron elecciones municipales; aunque el resultado global fue favorable a los monárquicos, el voto de muchas de las ciudades, menos influidas por el caciquismo, fue para los republicanos. Ante esta situación, Alfonso XIII se exilió y el 14 de abril de 1931 se proclamó la II República española.
 
Alcalá Zamora formó un gobierno provisional que convocó elecciones a Cortes Constituyentes. Su trabajo se plasmó en la Constitución de 1931:
  • Libertades individuales: de expresión y prensa, de reunión y asociación, religiosa...
  • Derechos: libre residencia y circulación, inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, al divorcio, al trabajo, a la libre elección de profesión, a la enseñanza y a la cultura...
  • Sufragio universal sin distinción de sexos; por primera vez en España se permitía el voto femenino.
  • Igualdad ante la ley, sin privilegios por nacimiento o posición económica.
  • Estado aconfesional, libertad religiosa y de conciencia.
  • Enseñanza pública y laica.
  • Descentralización territorial, lo que permitía las autonomías y reconocimiento de las lenguas peninsulares.
  • Posibilidad de socializar la propiedad en beneficio público.
  • Protección social y familiar.
Los conservadores no apoyaban la nueva Constitución, especialmente en lo que se refiere a las autonomías y la laicidad del estado. Surgió un movimiento popular anticlerical y se produjeron incidentes entre elementos izquierdistas y conservadores.
Contesta
La Constitución de 1931 contempló, por primera vez, el voto universal, incluyendo el femenino. Indique qué le parece el debate entre Clara Campoamor y Victoria Kent.


El voto femenino

Antes de la consecución de la igualdad en el sufragio, la gran paradoja era que la mujer pudiera ser elegida y no pudiera elegir. El Gobierno republicano había autorizado el 8 de mayo de 1931 que las mujeres (y los sacerdotes) pudieran presentarse en las candidaturas, pero el voto se postergaba a una futura discusión en las Cortes. Clara Campoamor se presentó por el partido Radical y Victoria Kent por el radical-socialista.

Clara Campoamor defendió en las Cortes, con un brillante discurso, el derecho de la mujer a ejercer su derecho al voto. Lo hizo con éxito: el sufragio femenino quedó aprobado el 1 de octubre de 1931 como artículo de la Constitución de la República. Frente a Clara Campoamor, la diputada radical-socialista Victoria Kent defendía el aplazamiento del sufragio femenino hasta que las españolas, muchas de ellas ancladas en la sumisión al marido y la obediencia al confesor, sintieran suya la República y estuvieran preparadas. Finalmente, la tesis de Campoamor triunfó por 161 votos a favor y 121 en contra. El logro del sufragio femenino en España permitió un incipiente acceso de las españolas a las administraciones e instituciones y, por primera vez, se planteó la necesidad de pensar en ellas para captar su voto.