La Edad Media: el feudalismo y el Islam
Características del feudalismo
El sistema feudal se caracteriza por un sistema piramidal de vasallaje, de forma que:
Por otra parte, los campesinos, que cultivaban las tierras señoriales en arrendamiento también establecían con los señores un vasallaje mediante el cual les proporcionaban una parte sustancial de sus cosechas, a modo de impuestos, además de la lealtad y la participación en el ejército cuando fuera necesario.
Las consecuencias del feudalismo fueron:
"El siete de abril (año 1127), jueves, los homenajes fueron de nuevo rendidos al conde. En primer lugar,hicieron los homenajes de la siguiente manera. El conde pidió (al futuro vasallo) si quería convertirse en su hombre sin reservas y aquél respondió: 'lo quiero', después, sus manos, estando juntas entre las del conde que las estrechaba, se aliaron con un beso. En segundo lugar, aquel que había hecho el homenaje expresó su fidelidad en estos términos: 'Prometo por mi fe ser fiel, a partir de este instante, al conde Guillermo y guardar contra todos y enteramente mi homenaje, de buena fe y sin engaños'. En tercer lugar, juró sobre las reliquias de los santos. Seguidamente con la vara que tenía en la mano, el conde dio la investidura a todos aquellos que por este pacto le habían prometido seguridad, rendido homenaje y al mismo tiempo prestado juramento."
Al muy glorioso duque de Aquitania Guillermo, de Fulberto, obispo.
Invitado a escribir sobre la esencia de la fidelidad, he escrito para vos esto que sigue, sacado de libros de notable autoridad.
Aquel que jura fidelidad a su señor debe tener siempre presente las palabras siguientes: sano y salvo, seguro, honesto, útil, fácil y posible. Sano y salvo con el fin de no causar daño corporal a su señor. Seguro a fin de no dañar a su señor revelando su secreto. Honesto a fin de que no perjudique sus derechos de justicia, ni otras causas en las cuales su honor pueda verse comprometido. Útil a fin de que no experimenten ningún daño sus posesiones. Fácil y posible a fin de que el bien que su señor podría hacer fácilmente no se lo convierta en difícil, y aquel que era posible no se lo convierta en imposible. Es justo que el fiel se abstenga de estos actos perniciosos; pero con solo esto no se hace digno de su feudo, pues no basta con abstenerse de hacer el mal, es preciso también hacer el bien.
Queda además que en los mencionados conceptos, el vasallo dé fielmente a su señor consejo y ayuda, si quiere ser digno del feudo y de respetar la fe que ha jurado. El señor también debe devolver por todas estas cosas algo equivalente a su vasallo fiel. Si no lo hiciese será tachado con justo título de mala fe, de igual modo que el vasallo que fuere sorprendido en trance de faltar a sus deberes por acción o por consentimiento será culpable de perfidia y de perjurio.
Carta del obispo de Chartres al duque de Aquitania (1020).
Tomado de la biblioteca virtual Miguel de Cervantes.